Decreto por el cual se modifica el artículo 6 del Decreto 2266 de 2004 para laboratorios de productos fitoterapéuticos
Decreto que modifica el artículo 6 del Decreto 2266 de 2004, estableciendo requisitos y plazos para laboratorios fabricantes de productos fitoterapéuticos en Colombia. Incluye disposiciones sobre la presentación de planes de cumplimiento sanitario, implementación de buenas prácticas de manufactura y sanciones para quienes no cumplan. La autoridad sanitaria podrá expedir certificados de capacidad de producción durante el periodo de transición.
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